El (la) tesorero (a)
Dada la función importante del (la) tesorero (a), es sabio escoger a alguien que pueda ser reelegido, para dar continuidad en el mantenimiento de los registros y de los informes. Las iglesias grandes pueden elegir tantos (tantas) subtesoreros (as) como sea necesario.
El (la) tesorero (a) puede incentivar grandemente la fidelidad en la devolución del diezmo y profundizar el espíritu de liberalidad por parte de los miembros de la iglesia. Una palabra de consejo dada con el espíritu del Maestro ayudará al hermano o a la hermana a entregar a Dios con fidelidad lo que le pertenece en materia de diezmos y ofrendas, aun en tiempos de apretura financiera.
Es el custodio de todos los fondos de la iglesia.
El (la) tesorero (a) de la iglesia es el custodio de todos los fondos de la iglesia. Estos fondos son: (1) fondos de la Asociación, (2) fondos de la iglesia local y (3) fondos pertenecientes a los órganos auxiliares de la iglesia local.
El (la) tesorero (a) debe depositar todos los fondos (de la Asociación, de la iglesia local y de los órganos auxiliares de la iglesia) en un banco o en una institución financiera, en una cuenta abierta a nombre de la iglesia, a menos que la Asociación autorice otro sistema.
El excedente de los fondos de la iglesia puede depositarse en una cuenta de ahorros, con la autorización de la Junta Directiva de la iglesia. Cuando se mueven sumas elevadas destinadas a construcciones o a otros proyectos especiales, la Junta Directiva de la iglesia puede autorizar que se abran cuentas bancarias específicas para dichos proyectos. Tales cuentas, sin embargo, serán manejadas por el (la) tesorero (a), e informadas junto con todos los demás fondos de la iglesia.
Todas las cuentas bancarias son exclusivamente para los fondos de la iglesia y nunca deberían ser combinadas con ninguna otra cuenta o fondo personal.
Fondos de la Asociación.
Los fondos de la Asociación, que incluyen los diezmos, todos los fondos misioneros regulares, y todos los fondos para proyectos especiales de la Asociación y de las instituciones, son fondos en custodia. El (la) tesorero (a) de la iglesia, al fin de cada mes, o con más frecuencia si así lo requiere la Asociación, debe enviar a la tesorería de la Asociación la suma total de los fondos de la Asociación recibidos durante ese mes. La iglesia no puede tomar prestados, usar o retener esos fondos de la Asociación para ningún propósito.
Fondos de la Escuela Sabática.
El secretario (a)- tesorero (a) de la Escuela Sabática debe entregar semanalmente, al (la) tesorero (a) de la iglesia, todas las ofrendas de la Escuela Sabática para las misiones. El (la) tesorero (a) de la iglesia llevará un registro cuidadoso de todas esas ofrendas. Estos fondos misioneros deben remitirse a la oficina de la Asociación, como se describe en el párrafo anterior. Los fondos destinados a cubrir los gastos de la Escuela Sabática local son entregados al (la) tesorero (a) de la iglesia cada semana para que los mantenga en custodia, sujetos a las órdenes de la comisión directiva de la Escuela Sabática, para hacer frente a los gastos regulares de la Escuela Sabática.
Fondos locales de la iglesia.
Los fondos de la iglesia local están compuestos por los fondos para los gastos de la iglesia, los fondos para proyectos de construcción y reparación de la iglesia, y los fondos de la iglesia para los pobres y los necesitados. Es-tos fondos pertenecen a la iglesia local y los desembolsa el (la) tesorero (a) únicamente por autorización de la Junta Directiva de la iglesia o de su reunión administrativa. Sin embargo, el (la) tesorero (a) pagará con dinero proveniente del fondo de gastos de la iglesia todos los gastos recurrentes de expensas locales autorizados por la Junta Directiva.
Fondos de los órganos auxiliares.
Existen distintos fondos pertenecientes a los órganos auxiliares de la iglesia, tales como el fondo para los programas de la iglesia destinados a compartir la fe (actividad misionera), el de beneficencia (fondo para los pobres), el del departamento de Ministerios de la Familia, el de la Sociedad de Jóvenes Adventistas, el de la Sociedad Dorcas, el fondo para gas-tos de Escuela Sabática, la parte de los fondos del departamento de Ministerio de la Salud que pertenece a la iglesia local, los fondos de la escuela de la iglesia, etc. Todo dinero recibido por esos órganos y para esos órganos debe entregarse prontamente al (la) tesorero (a) de la iglesia por parte del secretario del órgano auxiliar correspondiente, por los diáconos o por quien sea que reciba los fondos. Esos fondos pertenecen a los órganos auxiliares de la iglesia, y pueden desembolsarse únicamente por orden del órgano auxiliar al que pertenecen.
El (la) tesorero (a) debe extender un recibo por todos los fondos recibidos. Cuan-do el secretario de uno de esos órganos recibe dinero del (la) tesorero (a) de la iglesia, debe darle el correspondiente recibo al (la) tesorero (a).
Salvaguardar el propósito de los fondos.
Cuando se toma una ofrenda para las misiones mundiales o para cualquier proyecto general o local, todo el dinero colocado en el platillo de las ofrendas pasa a formar parte de esa ofrenda particular, a menos que el donante indique otra cosa. Es importantísimo que todas las ofrendas y los donativos dados por las personas a la iglesia para un fondo específico o un propósito específico se usen para ese propósito. Ni el (la) tesorero (a) de la iglesia ni la Junta Directiva de la iglesia tienen autoridad para desviar ningún fondo del objetivo para el que fue dado.
Los fondos de los órganos auxiliares, de los cuales una considerable pro-porción está constituida por donativos dados para propósitos específicos, se recaudan para la parte específica de la obra de la iglesia del correspondiente órgano auxiliar. Estos fondos los mantiene en custodia el (la) tesorero (a) de la iglesia y no pueden tomarse prestados o, en alguna forma, ser desviados por el (la) tesorero (a) o por la Junta Directiva de la iglesia, del objetivo para el que fueron recaudados.
Cuando se discontinúa un órgano auxiliar, la iglesia, en una reunión administrativa regular, puede tomar un voto por el cual dispone del saldo que exista en la cuenta de ese órgano auxiliar.
Dinero para los pedidos personales de publicaciones.
El dinero para los pedidos personales de publicaciones, libros, folletos, revistas y suscripciones a revistas se lo ha manejado a través del (la) tesorero (a) de la iglesia en las regiones donde no hay una librería adventista.
Método adecuado para que los miembros entreguen sus diezmos y donaciones.
el (la) tesorero (a) debe insistir en que todo el dinero que los miembros entreguen a la iglesia, fuera de las ofrendas regulares que se recogen “sueltas”, lo coloquen en los sobres de diezmos y ofrendas, a menos que se implemente un método alternativo por parte de la Asociación. Los miembros deben anotar, en la lista impresa en el sobre, cuánto dan y para qué lo dan, y el (la) tesorero (a) debe asegurarse de que el dinero incluido en el sobre coincida exactamente con el total anotado. Los miembros deben colocar su nombre y su dirección en el sobre, colocándolo luego en los platillos de la ofrenda, o bien entregarlo personalmente al (la) tesorero (a). El (la) tesorero (a) debe conservar esos sobres como comprobantes hasta que el auditor de la Asociación revise las cuentas.
Los miembros que devuelven sus diezmos y sus ofrendas con cheques o con giros postales, donde eso es legalmente posible, deben extender esos cheques o esos giros postales a la orden de la iglesia, y no a la orden de alguna persona.
Recibos extendidos a los miembros.
El (la) tesorero (a) de la iglesia debe entregar prontamente, a quien corresponda, recibos por todas y cada una de las sumas de dinero recibidas por la iglesia, por pequeña que sea la cantidad, conservando estricta cuenta de todos los ingresos y los pagos. Todas las ofrendas generales que se recogen “sueltas” deben ser contadas por el (la) tesorero (a) en presencia de otro oficial de la iglesia, preferiblemente un diácono, extendiendo un recibo a este oficial.
Método correcto para remitir los fondos a la Asociación.
El (la) tesorero (a) de la iglesia, al enviar las remesas de fondos al (la) tesorero (a) de la Asociación, debe hacer todos los cheques o los giros a la orden de la Asociación, donde eso sea posible legalmente, y no a la orden de una persona en particular. Debe incluir, con la remesa, la hoja duplicada del libro de tesorería de la iglesia. Los formularios para las remesas son proporcionados por la Asociación.
Conservación de los comprobantes.
Deben conservarse los documentos financieros, tales como comprobantes, facturas o constancias de pago, por todos los fondos recibidos o desembolsados, de acuerdo con el sistema autorizado por la Asociación local.
Los libros deben ser auditados.
El (la) tesorero (a) de la Asociación, o alguna otra persona designada por la Junta Directiva de la Asociación, debe revisar los libros de tesorería de las iglesias locales, generalmente cada año.
Estos libros y los demás registros relativos a la obra el (la) tesorero (a) de la iglesia, del (la) tesorero (a) de la escuela de la iglesia y del (la) tesorero (a) de cualquier otro órgano o departamento, pueden ser pedidos e inspeccionados en cualquier momento por el auditor de la Asociación, por el pastor, por el líder del distrito, por el primer anciano de la iglesia o por cualquier otra persona designada por la Junta Directiva de la iglesia; pero, fuera de ellos, no deben facilitarse a persona alguna no autorizada.
En las reuniones administrativas regulares de la iglesia, se deben presentar informes de todos los fondos recibidos y desembolsados. Debe darse una copia, de dichos informes, a los principales oficiales de la iglesia.
Cuando se informa el número de personas que devuelven sus diezmos a la iglesia, la esposa y los hijos menores que no tienen entradas, pero que son miembros de la iglesia, también deben ser contados como diezmeros, además del jefe de la familia.
Las relaciones con los miembros deben ser confidenciales.
El (la) tesorero (a) debe recordar siempre que sus relaciones con cada uno de los miembros son estrictamente confidenciales. Debe tener cuidado de no hacer jamás comentarios sobre el diezmo devuelto por algún miembro, o sobre las entradas, o sobre cualquier otra cosa que se relacione con esto, excepto con los que comparten la responsabilidad de la obra con él. Puede causarse mucho daño si no se observa esta norma.